El día miércoles 2 de mayo 2018, se publicó el Acuerdo de Directorio número 13-2018 de la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, el cual crea el RÉGIMEN DE FACTURA ELECTRÓNICA EN LÍNEA –FEL-.
Qué es FEL
Comprende la emisión, transmisión, certificación y conservación por medios electrónicos de facturas, notas de crédito y débito, recibos y otros documentos autorizados por la Superintendencia de Administración Tributaria, los cuales se denominan Documentos Tributarios Electrónicos –DTE–
Quienes pueden o deben utilizar FEL
- Por disposición Administrativa: a quienes la Superintendencia de Administración Tributaria Notifique.
- De forma Voluntaria: Los contribuyentes que sin ser notificados, así lo deseen.
Requisitos para adherirse al régimen FEL
- Tener sus datos actualizados o ratificados en el RTU
- Tener mínimo un establecimiento con estatus activo
- Estar afiliado al Impuesto al Valor Agregado
- No tener omisos
- Tener su domicilio como "Localizado"
Proceso de Emisión de DTE, por medio de certificador

Fuente: SAT
Algunas consideraciones a tomar en cuenta
- Se pueden tener varios certificadores
- El formato de SAT es el único que no permite modificaciones
- Se recomienda anular DTE dentro del mes
- Cada DTE tiene su propia autorización
- No es obligatorio imprimir los DTE
- Los DTE se pueden enviar por correo electrónico a los clientes
- Se pierde el correlativo propio del contribuyente
- SAT proporciona la serie y el número
- Se pueden descargar en excel los DTE desde el portal SAT

